“Ningún local de alimentos puede atender público al interior de sus dependencias”. Así lo destacó la Seremi de Salud, Rossana Díaz Corro, destacando que funcionarios de la Institución que dirige están fiscalizando el cumplimiento de esta exigencia emanada en el marco del Covid_19.

La personera detalló que la Resolución Exenta 200 del Ministerio de Salud, del pasado 20 de marzo de 2020, indica de manera textual que se “prohíbe la atención de público en restaurantes, los que podrán expender alimentos para llevar”.

CONSUMO FUERA DE LOS LOCALES

En ese sentido, detalló que las inspecciones están dirigidas a que los dueños de estos establecimientos no presten servicios al interior de sus locales. “Lo que deben hacer es cerrar sus puertas y vender sus productos a través de una ventanilla o puerta alternativa, de modo que sean consumidos en las casas o lugares de trabajo.

Acotó que el principio de esta medida radica en impedir las aglomeraciones. “Estamos haciendo un llamado a los locatarios, pero sino cumplen, nos veremos en la obligación de iniciar sumarios y aplicar sanciones”, puntualizó.

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