La Corte de Apelaciones de Antofagasta declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por la Asociación Indígena Consejo de Pueblos Atacameños en contra del Ministro de Salud, Jaime Mañalich Muxi y el  Jefe de la Defensa Nacional para la Región de Antofagasta, José Aguirre Gamboa, solicitando que en uso de sus facultades limite la circulación de personas hacia la comuna de San Pedro de Atacama, mediante la denominada “cuarentena total” o realice las medidas sanitarias de “barrera sanitaria” o “aduana sanitaria interna” por un plazo no inferior a 14 días.

En fallo unánime (causa rol 1353-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic, Virginia Soublette y Myriam Urbina– declaró inadmisible la acción de protección por corresponder a materias privativas del Poder Ejecutivo.

“(…)estimando que lo solicitado en el recurso de protección dice relación con cautelar el respeto y ejercicio de garantías constitucionalmente protegidas, sino que se vincula con la adopción de estrategias propias de la determinación de políticas públicas que se adopten  para hacer frente a la crisis sanitaria que se vive actualmente en el país, de potestad exclusiva y privativa del Poder Ejecutivo, a través de sus autoridades, según a las facultades y atribuciones que le han sido entregadas a ésta por la ley, y que no corresponde a los Tribunales de Justicia establecer, excediendo la petición análisis los fines y propósitos de esta acción constitucional y de urgencia y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto “, sostiene el fallo.

]]>
Compartir:

subscriber